Derechos y Deberes del Paciente

Pautas

Los pacientes de cáncer tienen una serie de derechos garantizados por ley desde el diagnóstico hasta el final del tratamiento. Conocer los principales lineamientos que componen los derechos y deberes.

Derechos

  • Recibir una atención digna, humana, atenta, respetuosa y sin discriminación alguna, además de una asistencia adecuada y oportuna a sus necesidades.
  • Ser identificado con su nombre y apellido, o nombre social.
  • Que se respeten sus valores y creencias conforme a los preceptos legales.
  • Recibir o rechazar asistencia moral, psicológica, social o religiosa.
  • Tener asegurada su privacidad, individualidad y seguridad en todo momento durante la prestación del servicio, así como protección específica en casos de vulnerabilidad.
  • Tener accesibilidad a todos los ambientes destinados al paciente, en casos de discapacidad física.
  • Conocer el nombre, categoría profesional y cargo de la persona que presta la asistencia.
  • Ser capaz de identificar a los profesionales de la institución a través de uniformes y/o distintivos legibles.
  • Que se preserve su imagen e identidad, así como la confidencialidad de su información.
  • Recibir información clara, objetiva y comprensible sobre su diagnóstico y tratamiento.
  • Recibir información verbal del médico de su elección y de otros miembros del equipo multidisciplinario, en cualquier etapa del tratamiento, y, cuando lo solicite, informes escritos explicativos sobre su diagnóstico y tratamiento.
  • Tener preparada su historia clínica en forma legible, que contenga un conjunto de documentos estandarizados con información sobre su historial médico, inicio y evolución de su enfermedad, exámenes complementarios, abordajes terapéuticos, descripción de los procedimientos realizados y demás informes y apuntes pertinentes.
  • Restringir el acceso a su historia clínica e información sobre su tratamiento, excepto en los casos de información compartida con los profesionales a cargo de su atención, con operadores de planes y seguros de salud, y el acceso necesario para el seguimiento y auditoría de la calidad del servicio.
  • Solicitar una copia de su historia clínica en cualquier momento, de acuerdo con la legislación vigente.
  • Autorizar formalmente a un representante o familiar para que tenga acceso a la información de su tratamiento.
  • Cambiar, en cualquier momento durante su tratamiento, cualquier dato o información previamente proporcionados.
  • Solicitar aclaraciones sobre documentos y formularios que se le presentan para firmar, a fin de permitir su comprensión y comprensión para una elección consciente.
  • Solicitar una segunda opinión sobre su diagnóstico o tratamiento y, si lo desea, sustituir al médico responsable de su atención.
  • Ser informado, orientado y, en su caso, capacitado sobre cómo realizar su autocuidado en la continuidad del tratamiento en el hogar.
  • Consentir o negar, de manera libre, voluntaria e informada, después de haber recibido la información adecuada, los procedimientos diagnósticos y terapéuticos y las evaluaciones clínicas a realizar.
  • Recibir un tratamiento adecuado para minimizar el dolor, según las posibilidades terapéuticas disponibles.
  • Recibir, cuando se le solicite, toda la información sobre los medicamentos que le serán administrados, su origen y fecha de vencimiento.
  • Estar acompañado, si lo desea, durante el tratamiento, por una persona designada por él, así como designar formalmente a un familiar o tutor para que decida en su nombre sobre su tratamiento, si usted no puede hacerlo.
  • Exigir que la institución cumpla con todas las normas de prevención y control de infecciones.
  • Expresar sus inquietudes y quejas a la institución, a través de los medios de comunicación disponibles, y recibir la información y aclaraciones pertinentes.
  • Tener acceso a facturas detalladas referentes a los gastos de su tratamiento, exámenes, medicamentos y otros procedimientos médicos.
  • Conocer el origen de la sangre y hemoderivados, antes de recibirlos, pudiendo comprobar su procedencia, su fecha de caducidad y las serologías realizadas, teniendo dicha información anotada en su historia clínica para su posterior consulta.
  • Recibir recetas en letra legible.
  • Cuando se recomiende la derivación a otra unidad de salud, el paciente tiene derecho a recibir un informe médico con un resumen de su estado de salud, posibles diagnósticos, tratamiento realizado y una breve historia clínica.
  • Tener acceso a personas competentes para interpretar su idioma cuando sea diferente al predominante en la institución.

 

Deberes

  • Respetar los derechos de los demás pacientes, empleados y prestadores de servicios, quienes deberán ser tratados con cortesía, utilizando los canales de comunicación disponibles para ejercer su derecho a presentar quejas.
  • Cuidar y ser responsable de los bienes de la institución puestos a su disposición.
  • Respetar la prohibición del consumo de tabaco, productos del tabaco y bebidas alcohólicas en las instalaciones de la institución, siendo extensiva esta prohibición a los acompañantes.
  • Ser responsable de sus objetos de valor traídos a la institución.
  • Proporcionar información completa sobre su historial de salud, procedimientos quirúrgicos ya realizados, problemas de salud ya experimentados, uso de medicamentos o cualquier otra sustancia que use o haya usado.
  • Obtener pleno conocimiento sobre su tratamiento, o designar a un familiar o tutor para que reciba toda la información.
  • Expresar si comprendió la información recibida y formular preguntas, en caso de duda.
  • Seguir las recomendaciones del médico y de todo el equipo multidisciplinar que le atiende, respondiendo de las consecuencias de su incumplimiento.
  • Asumir la responsabilidad en caso de denegación del tratamiento.
  • Comunicar a la clínica si existe alguna imposibilidad de acudir en la fecha prevista para consultas, devoluciones y trámites.
  • Honrar su compromiso económico con la institución, saldando o haciendo saldar los gastos incurridos.
  • Pago de procedimientos no financiados por Operadores de Planes Privados de Salud, cualquiera que sea el motivo, o sin cobertura contractual.
  • Indicar el responsable económico de su atención, excepto en casos de urgencia y emergencia.
  • Los pacientes beneficiarios de planes de salud privados deben notificar a la institución ya su médico cualquier cambio en la cobertura de su plan de salud, así como otras restricciones que puedan poner en peligro la continuidad del tratamiento.
  • Contar con los documentos oficiales con fotografía, necesarios para el servicio, y presentarlos cuando se le solicite.
  • No fumar en las instalaciones de la institución.
  • En los casos de pacientes menores de 18 años, los deberes antes señalados deberán ser cumplidos también por sus padres o tutores.
  • El paciente tiene el deber de respetar los derechos de los demás pacientes, acompañantes, empleados y prestadores de servicios de la institución, incluyendo la exposición a fotografías no autorizadas.

 

Sobre Derechos Legales, acceda al enlace: www.sboc.org.br

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